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domingo, 20 de marzo de 2011

A propósito de la "Renta Básica"

autor: 
 Montserrat Galcerán
El siguiente texto se enmarca en una reflexión sobre la oportunidad de reclamar la “renta básica” como una medida útil en el contexto actual de recesión y de aumento del desempleo, especialmente desde la perspectiva de los nuevos movimientos sociales, integrados por personas que ya durante los años anteriores a la crisis han vivido situaciones de enorme precariedad laboral. Su movilización no se orienta a una lucha por el mantenimiento o el aumento del empleo – como si está ocurriendo entre sectores de trabajadores con empleo fijo, especialmente en grandes fábricas y empresas. Ni tampoco podemos tener grandes esperanzas en un relanzamiento del consumo que, en el mejor de los casos, reproducirá el entorno que ya hemos vivido. La propuesta de la “renta básica” trata, en este contexto, de visualizar otros horizontes y especialmente de desbrozar el camino para reforzar esos movimientos como auténticas alternativas.

Aunque sea a modo de hipótesis podemos afirmar que, en este inicio del s. XXI, se da una fuerte tensión entre el carácter colectivo y cooperativo de la producción social de la riqueza y el dominio privado del capital que pugna por rentabilizarla, por lo que la cuestión de la renta adquiere una importancia primordial. Y esto es así porque mientras que la producción es cada vez más colectiva, la distribución está marcada por los límites que impone el lugar que los sujetos ocupan en la estructura social y sus fuentes de renta, especialmente las rentas que provienen del capital en sus diferentes formas y las que provienen del trabajo, los salarios. En los países del primer mundo las transformaciones de la estructura salarial y laboral han venido acompañadas, en los últimos años, por un extenso fenómeno de búsqueda de rentas alternativas al salario, incluso para capas poco acomodadas. Así no solamente se ha favorecido la burbuja inmobiliaria, de la que son muestra el extraordinario aumento de la edificación, sino la compra de acciones de bolsa, depósitos a renta fija o variable, cuentas vivienda, planes de pensiones, etc. Este fenómeno, conocido como financiarización, drena hacia las entidades financieras una parte de las rentas disponibles y la casi totalidad de los ahorros, suponiendo para los afectados una inserción directa en todo el engranaje financiero del capitalismo contemporáneo.

La cuestión de la renta básica se inserta en estas coordenadas, en las que lo que se demanda es “dinero” o “medios de compra”; dicho en otras palabras, participar de las ganancias generales del sistema, independientemente de las tareas desempeñadas y del lugar que se ocupe en su estructura, cuyos límites e injusticias en la distribución aparecen a ojos vista.

La “renta o ingreso básico”, que se empezó a preconizar en los años 80, se suele definir como “un ingreso pagado por el Estado a cada miembro de pleno derecho de la sociedad o residente, incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en consideración si es rico o pobre, o dicho de otra forma, independientemente de cuales puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con quien conviva”. O sea que se trata de un ingreso monetario universal e incondicional para todos los miembros de la sociedad1.
La necesidad o conveniencia de la renta básica puede abordarse desde varias perspectivas: o bien como el reconocimiento del carácter social de la producción que exige de los poderes públicos aportar recursos sociales suficientes para el mantenimiento de una población que con su trabajo cooperativo potencia las cuencas de la riqueza, o bien a partir de la idea de que los integrantes de la sociedad tienen derecho a ver garantizada su supervivencia como base material del vivir. Esa segunda perspectiva suele enlazarse con la tesis “republicana” que ensalza la importancia de preservar la cohesión social y evitar la exclusión de los más pobres o de las poblaciones con menos recursos. A su vez una tercera perspectiva, que podemos denominar “liberal” según reconoce explícitamente Van Parijs, la presenta como un modo, tal vez el único, de asegurar la “libertad real para todos”, es decir una libertad que, amparándose en el derecho fundamental que cada uno/a tiene a la propiedad de su propia persona, pretende ampliar ese derecho garantizando a cada quien el poder vivir su vida de acuerdo a sus deseos o preferencias.

Pero en todos los casos, y sea cual fuere su justificación, la introducción de la “renta básica” supone romper la vinculación entre el trabajo y la renta, vinculación que hasta ahora había sido la norma para las capas trabajadoras. Lo que supone, por otra parte, plantearse problemas novedosos que están en el centro del debate, tales como el carácter “universal” de la renta y su incondicionalidad, su monto, sus fuentes de financiación, los controles burocráticos de su implementación, su simultaneidad o no con otras rentas, la relación con el trabajo, etc.

Esta discusión marca, a mi modo de ver, la diversidad de aspectos del concepto incluso entre sus acuñadores y primeros defensores, que, como vemos, se reconocen en tradiciones intelectuales diversas: desde los defensores que provienen del ámbito liberal y/o republicano, a los teóricos e investigadores ligados al ámbito de la autonomía italiana de los años 70 y a los nuevos movimientos sociales. En lo que sigue voy a intentar esquematizar esa cuestión.

Genealogía y justificación de la renta básica.

Como ponen de relieve los trabajos preocupados por elaborar una genealogía del tema, ésta puede remontarse a los textos de los republicanos clásicos del s. XVIII, a la tradición liberal – incluyendo la defensa rawlsiana sobre la necesidad de cubrir las necesidades básicas – y a la crítica, esta vez en Marx, de la libertad formal frente a la libertad material. Pero sus puntos de encuentro son varios y complejos.

La justificación republicana de la renta básica apunta a su conveniencia como elemento clave en el mantenimiento de la comunidad y en el reconocimiento de dicha contribución, ligada a la preocupación por evitar la desagregación social. Según ese planteamiento, que en España comparten autores como Daniel Raventós o Antoni Doménech, el mejor bagaje del republicanismo clásico se concentra en la idea de que los individuos socializados componen una sociedad en la medida en que colaboran libremente en el mantenimiento de la misma. Esta contribución, que nunca debería ser forzada pues está basada en la libertad de los individuos, debe sin embargo ser reconocida.

Dicho reconocimiento configura la base del moderno concepto de “ciudadanía”, dado que por ciudadano se entiende a aquel integrante de la comunidad que contribuye a su mantenimiento, ya sea a través de su propiedad – en las sociedades del liberalismo clásico – o de su trabajo – especialmente en las sociedades fordistas – . Sin embargo la ligazón entre libertad, entendida como independencia, autonomía y propiedad, aunque sea la nuda propiedad de su fuerza de trabajo para los trabajadores, complican el esquema, pues si bien lo hacen congruente en un mundo de propietarios – el mundo idealizado de la sociedad burguesa, - resulta difícilmente aplicable en un mundo de no-propiedad generalizada, que es justamente el mundo moderno. La primacía de la propiedad garantizaba en el republicanismo clásico lo que, según esos autores, es un componente cardinal del modelo: la idea de que ningún ser humano, precisamente por ser libre, necesita el permiso de otro para vivir. Y por lo mismo es antagónica con una sociedad en que el poder desmesurado de un grupo atente contra las posibilidades de autonomía de cualquier otro.

A su vez la analogía entre la propiedad de la tierra o de los medios de producción y la propiedad de su propia fuerza de trabajo que detenta cualquier ser humano sobre sus capacidades corporales ha funcionado como elemento ideológico que difuminaba las diferencias entre esas diversas formas de propiedad en cuanto fuentes de renta, equiparando en cierta forma la renta del capital con la renta del trabajo materializada en el salario

Desde este punto de vista la renta básica se presenta como un modo de garantizar la “libertad material” de los sujetos, aquel mínimo de “propiedad” que les permita mantener su independencia y construir su autonomía, desafiando relaciones impuestas de subordinación y garantizando la construcción de una sociedad de ciudadanos. “La ciudadanía plena – nos dicen esos autores – no es posible sin independencia material o sin un “control” sobre el propio conjunto de oportunidades”2. Sin embargo en ningún momento cuestionan el concepto liberal clásico de libertad. Ni siquiera cuando lo plantean en sus consecuencias socio-políticas, como un modo de evitar las “luchas entre los pobres”, que vislumbran como una consecuencia posible de la depauperación creciente y de la fragmentación de la antigua clase obrera; aún en ese caso, siguen planteándolo desde la reivindicación del ideal de la “autonomía personal”.

En estas reflexiones se observa cómo las críticas a la insuficiencia de la libertad formal han hecho mella en aquellos autores que intentan pensar mecanismos para armonizar la autonomía personal con los requisitos de una “sociedad justa”, siendo este marco uno de los primeros en los que aparece la cuestión de la renta básica. En efecto, la garantía de la supervivencia material surge como una garantía imprescindible para asegurar la ciudadanía, pues ningún deber parece poder desprenderse de una situación en la que los seres humanos están expuestos a la mayor precariedad e inseguridad en sus fuentes de vida sin que la comunidad política a la que pertenecen pueda protegerlos frente a ello. El “contrato social” que, según la teoría liberal, apuntala el Estado moderno, se vería extraordinariamente debilitado de no darse esa especie de reciprocidad. Se trata, en resumidas cuentas, de un tema de justicia social y de equidad distributiva que debe permitir mantener la cohesión social en situaciones en que hay peligro de desagregación o de desafección por parte de individuos en riesgo constante de exclusión, dada justamente la falta de un mínimo de subsistencia.

Aunque emparentada con ella, la opción republicana es algo distinta de la defensa liberal, o auténticamente liberal, según él mismo la define, que encontramos en autores como Philippe Van Parijs, uno de los iniciadores indiscutibles de esta temática. Según él se trataría de un esfuerzo por asegurar la libertad real de los sujetos, la cual consiste básicamente en su capacidad para hacer aquello que uno/a quiera hacer. Para asegurar ese mínimo, el autor sostiene que no basta con la propiedad que cada uno/a tiene sobre su persona, pues ésta, aún siendo inalienable, no le permite poseer los objetos externos que precisa para realizar su libertad. En sociedades complejas y terciarizadas como las actuales, esa realización de la libertad personal está fuertemente condicionada por la capacidad de apropiarse de las condiciones externas favorables, que vienen definidas en términos de “oportunidades”. En consecuencia redefine la libertad real – o capacidad para hacer lo que uno/a quiera hacer – distinguiendo sus tres componentes: seguridad, propiedad de sí y oportunidad3. De esa consideración se desprende que cualquier merma en el conjunto de oportunidades de que una persona disfruta supone un obstáculo a su “libertad real” y dado que en nuestra sociedad el acceso a las oportunidades exige la compra de los servicios respectivos, asegurar un monto dinerario básico para acceder a ellos es la única forma de garantizar las máximas oportunidades para todos respetando la igualdad. Eso no significa que “la renta o el ingreso básico” deba consistir exclusivamente en una cantidad de dinero, pues ésta es compatible con el mantenimiento e incluso el aumento de servicios sociales gratuitos como sanidad, educación, servicios policiales, infraestructuras, etc. pero en cualquier caso sí establece la conveniencia de un ingreso monetario para los ciudadanos, que es lo que constituye su principal innovación.

Como ya he apuntado el autor pretende derivar esa concepción de las tesis de John Rawls sobre la justicia social. Van Parijs utiliza el Principio de Diferencia rawlsiano, según el cual “las ventajas socioeconómicas (ingreso y riqueza, poderes y prerrogativas y las bases sociales del autorrespeto) deberían ser maximizadas, es decir distribuidas de tal manera que los menos favorecidos concluyan en una situación en la que tengan al menos tantas ventajas como las que tendrían finalmente los menos beneficiados bajo cualquier distribución alternativa”4. Por consiguiente, aunque el propio Rawls no lo admita, su principio “parece recomendar” la introducción del ingreso básico, limitado por el respeto de las libertades fundamentales y una justa igualdad de oportunidades.

La inserción de van Parijs en el paradigma liberal, aunque sea en la versión que denomina “liberalismo auténtico” y aunque admitamos su compromiso con una especie de “liberalismo de izquierda”, le hace compartir aquellas posiciones añejas según las cuales el capital es resultado del ahorro (de los capitalistas) y en el mercado priman procesos de competencia perfecta cuya consecuencia es el aumento de la eficacia y la innovación. Preservarlas es fundamental puesto que el crecimiento de la riqueza y la eficacia económica son garantías de que en un futuro se podrá seguir recaudando la “renta básica”. A mi modo de ver eso le hace minusvalorar el hecho de que el capitalismo es un sistema de acumulación global cuya eficacia se sustenta en la constricción de los trabajadores (incluido el consumo) y en un cierto control de los mercados, que nada tiene que ver con un esquema de competencia perfecta entre capitalistas particulares. Al descuidar el carácter propio del capitalismo como sistema de acumulación, su atención se dirige fundamentalmente hacia la cuestión de la distribución de la riqueza, como si ésta fuera un monto total a repartir cuyo crecimiento por otra parte hay que asegurar – para poder justamente seguir repartiendo; y así mientras atiende con minuciosidad a los requerimientos procedimentales, institucionales y normativos que serían precisos para ello, en ningún momento aborda el tema como reivindicación de los movimientos sociales.

A diferencia de ambas, las posiciones de los pensadores ligados a la corriente italiana de la Autonomía obrera son sustancialmente distintas. Parten de un análisis histórico de las transformaciones del capitalismo contemporáneo, situando la emergencia de la sociedad actual, la denominada de modo vago sociedad post-fordista, como el entramado socio-económico en el que se sitúa la reivindicación de la renta básica. Así estos autores señalan como lo característico de la nueva situación la ruptura de los pactos que sustentaron las políticas keynesianas del estado del bienestar en los años de la guerra fría.

Esa ruptura supuso la puesta en cuestión de la relación capital/trabajo propia del capitalismo industrial de tipo fordista y su sustitución por un conjunto de nuevas relaciones en las que el capital se independiza del trabajo, lo subordina a sus estrategias de ahorro de costes y de externalización, y crea una estructura en red capaz de captar el trabajo donde y cuando lo necesite pero liberándose de la necesidad de mantener un contingente amplio y bien remunerado de trabajadores fijos.

A la extremada movilidad del capital, que se desplaza a velocidad de vértigo por todo el planeta, es difícil que se adapte una clase obrera sedentaria, protegida por protocolos establecidos en cuanto a los horarios, los salarios y las cualificaciones laborales que los empresarios empiezan a denunciar como “rigideces” que entorpecen el libre curso de los negocios. La batalla librada en los 80 y los 90 se ha cerrado, en casi todos los países del mundo, con una victoria de los sectores empresariales que han impuesto no sólo una reestructuración reticular de las empresas que hace difícil identificar las relaciones jerárquicas internas, sino una desestructuración de los parámetros espacio-temporales del trabajo que substituyen la fijación al puesto y al horario laboral por la supeditación directa y casi personal del trabajador a la línea de mando de sus jefes directos.

Formas de prestación laboral como el trabajo a tiempo parcial, el contrato por obra, la prestación directa de los autónomos o la subcontratación generalizada de servicios a terceros ocultan una enorme maraña de situaciones laborales dispares, declinadas de modo diverso según el tipo de trabajo pero también según las características del trabajador/a y las exigencias del empresario. Esa enorme proliferación de formas de prestación laboral ha dinamitado las vías que estructuraban la relación capital/trabajo y ha ampliado exponencialmente la precarización de los propios trabajadores.

Aportes de la “renta básica” para revertir la precariedad.

En esta situación esos autores defienden que la renta básica supondría un elemento importante y tal vez crucial para invertir la situación, y eso en diversos respectos:

1ª en primer lugar podría ser una respuesta a la actual desconexión entre “trabajo” y “renta”.

La ruptura de la relación capital/trabajo antes mencionada, ha conllevada la ruptura a su vez de la relación entre trabajo y renta, de tal modo que si bien en el fordismo la escala de trabajos se correspondía con unos estipendios relativamente fijos, ligados a su vez a los aumentos de productividad, en la situación actual, el trabajo que se desempeñe está más ligado al contrato individual, que el trabajador firma con su empleador, que a los protocolos colectivos sancionados por los convenios colectivos u otras formas de acuerdo corporativo. En consecuencia la disparidad entre el trabajo, sus horarios y cualificaciones así como las prestaciones efectivamente realizadas guardan poca relación con protocolos standard aumentando la amplitud del abanico de remuneraciones y la discrecionalidad de las mismas.

Simultáneamente muchos sectores sociales acuden a fuentes de renta que no dependen directamente de prestaciones laborales sino que provienen de otras fuentes. Es interesante señalar en este punto un cierto cambio en el propio concepto de renta. Por tal Marx entendía la ganancia periódica, habitualmente anual, que se extraía de un elemento de la producción, ya sea el capital – o sea la renta sería “el interés del capital”, la tierra – “la renta de la tierra” o el trabajo – el “salario”5. Ahora bien, el interés de Marx era mostrar como esas diferentes “rentas” resultaban de una distribución del plusvalor producido en la producción, que incluía como una de sus dimensiones, la producción agrícola. “Renta” significa pues plusvalor producido socialmente y distribuido en función del lugar que cada sector ocupa en la producción: el “rentista” – terrateniente- como poseedor de la tierra, el capitalista, del capital y el trabajador de la fuerza de trabajo.

El concepto de “renta” que se maneja al hablar de “renta básica” es algo distinto. Se mantiene su connotación como “ganancia” pero se especifica que por tal se entiende “poder de adquisición de mercancías reales…, poder de compra de bienes o servicios disponibles”6. Y al especificar que esa renta no está ligada ni a la situación que se ocupa en la sociedad ni a la propiedad ni a ninguna prestación laboral, pues es universal e incondicional, se la está defendiendo como un ingreso distributivo de una riqueza social producida conjuntamente por todos los miembros de la sociedad. Aunque su relación con el plusvalor, que para Marx era central, resulte parcialmente desdibujada.

2ª Se parte pues del supuesto de que, especialmente en la situación productiva de las sociedades contemporáneas, se da una productividad social difusa, no concentrada en la fábrica tradicional sino extraordinariamente extendida en el tejido social y que, sin embargo, es apropiada únicamente por las clases poseedoras. Es decir, si los vertiginosos aumentos en la productividad que han sido resultado de la introducción de los modernos sistemas tecnológicos, en especial de la informática, han ido de la mano de una reestructuración de los procesos laborales que ha empobrecido y precarizado a los sectores obreros, una consecuencia probable es que esos aumentos estén siendo apropiados unilateralmente por los sectores más ricos de la sociedad.

Esta aseveración se confirma empíricamente cuando los datos existentes muestran una polarización mayor de las sociedades ricas actuales, de modo que el percentil más rico ha aumentado considerablemente mientras que aumenta la pobreza en el otro extremo.

La introducción de una renta básica significaría en ese contexto un aporte de liquidez para los más pobres que permitiría reorientar en su beneficio una producción cada vez más socializada, sustituyendo la actual socialización a través del capital – por medio entre otros de la compra de activos financieros y fórmulas de endeudamiento – por una socialización política distributiva de la riqueza producida.

3º A su vez la introducción masiva de los medios informáticos y de las telecomunicaciones incrementa la tendencia a la flexibilización, permite utilizar en beneficio de las empresas las diferencias de remuneraciones a nivel mundial y rompe la relación entre crecimiento de la producción y aumento del empleo, ya que el aumento de la productividad proviene de la utilización de unas técnicas que ahorran trabajo y no lo incrementan, siendo así que ese ahorro no se ve compensado ni por el trabajo nuevo en la producción de los elementos de capital fijo ni por una ampliación suficiente del mercado.

Una consecuencia directa de estas transformaciones consiste en el aumento del paro o del trabajo precario. El paro ya no es un factor coyuntural sino un elemento constitutivo del nuevo capitalismo que necesita mucha menos mano de obra que el capitalismo industrial clásico, con la consecuencia perversa de que la oferta de mano de obra disponible en un mundo casi enteramente capitalista aparece como “excedente de población”, como población de más que no encuentra trabajo siendo éste, todavía, su única fuente de ingresos.

Ante ese problema, que realmente se ha vuelto acuciante en los últimos decenios, no basta con criticar las posiciones defensivas de grandes sectores de la clase obrera tradicional. Esas posiciones pueden derivar en consecuencias extraordinariamente negativas que Raventós y Doménech señalan con gran precisión: “[Esa opción meramente defensiva] podría contribuir a levantar barreras insalvables e innecesarias entre los segmentos estables y los inestables de la población trabajadora, convirtiendo a los Sindicatos…en meros defensores de derechos adquiridos de los trabajadores maduros privilegiados. Podría contribuir…a levantar barreras insalvables e innecesarias entre los segmentos inestables y los segmentos desesperados de las poblaciones trabajadoras, generando en los primeros la peligrosa ilusión de que los segundos, y señaladamente los inmigrantes, son directamente responsables de la precariedad de la situación. Podría contribuir a ahondar todavía más el hiato que tradicionalmente ha venido separando a los trabajadores del hemisferio norte, formados en el consenso social atlántico de posguerra, de sus hermanos del tercer mundo, no viendo en éstos sino a competidores desleales. Podría contribuir a un ulterior encasillamiento burocrático de las organizaciones sindicales en el aparato del estado,…y consiguientemente aislar todavía más a los sindicatos de las poblaciones trabajadoras activas en el sector privado de la economía, tornándolos, de paso, más y más antipáticos para la opinión pública media cuando recurren como único medio de lucha disponible a la paralización del estratégico sector público de la vida económica. Y para acabar en algún sitio, podría contribuir también a reforzar inopinadamente las tendencias neoabsolutistas autoritarias en el mundo de la empresa: si ya el consenso social de posguerra significó en los dos lados del Atlántico norte la renuncia del movimiento obrero organizado sindicalmente a cuestionar democráticamente la autoridad empresarial, aceptando una mera constitucionalización, estatalmente tutelada de la misma, a cambio de sucesivos aumentos de bienestar vinculados a sucesivos aumentos de productividad, ahora, rota o desjarretada esta última ecuación, insistir monotemáticamente en ella podría generar la ilusión… de que plegarse a la nueva ola absolutista empresarial, ceder “un poco más” de libertad política en el mundo del trabajo, allanarse a la desconstitucionalización completa o parcial de la empresa capitalista, es la única solución realista posible para recuperar el bienestar y la seguridad perdidos”7.

Pero a su vez parece claro que esa situación se impondrá si no se desarrollan alternativas. Dado que el aumento de la productividad no produce un aumento de la ocupación, ni puede producirlo en las condiciones tecnológicas dominantes, pero el trabajo dependiente siegue siendo la única o fundamental fuente de renta para gran parte de las poblaciones “ocupables”, la introducción de la renta básica podría alterar de raíz los parámetros de la ecuación, dando a las poblaciones sin empleo un ingreso que garantizara su subsistencia en ausencia de un trabajo remunerado y aligerando la presión sobre el mercado de trabajo. De ese modo se podría llegar a invertir la relación encareciendo el trabajo, aunque eso fuera a costa obviamente de disminuir los beneficios empresariales, y ofreciendo alternativas de autoempleo o de trabajo voluntario y/o cooperativo para poblaciones menos desesperadas.

4º El que se trate de un medio de distribución o redistribución que no actúa a nivel de las relaciones sistémicas explica, al menos desde una perspectiva marxista, su carácter reformista, o radical-reformista al decir de algunos. No cambia las condiciones de producción ni elimina el trabajo asalariado ni la propiedad de los medios de producción, no tiene pues un carácter revolucionario al menos desde un planteamiento ortodoxo. Pero es capaz de captar la dinámica actual de las relaciones socio-económicas y revertirla en beneficio de los sectores más desprotegidos. Desde este punto de vista es una medida de transformación social, relativamente sencilla y democratizadora, aunque no atente contra el conjunto del sistema.

5ª Aún así en la medida en que beneficia a los más pobres – especialmente si se instaura ligada a una fiscalidad progresiva – supone una forma de empoderamiento que puede desencadenar respuestas más contundentes. En la medida en que protege a los individuos frente a las oscilaciones del mercado de trabajo y de la rapiña de los poderosos, asegurándoles unos mínimos para poder vivir, puede suponer un contrapeso – un “contrapoder monetario” en expresión de Fumagalli – que propicie otras formas de resistencia.

Por otra parte, su carácter universal e incondicionado elimina los controles y humillaciones que van ligadas a las prestaciones asistenciales, permitiendo a los sujetos vivir con mucha mayor tranquilidad los avatares de su vida laboral-profesional.

6º En último término casi todos los autores señalan – y no es un dato anecdótico – la viabilidad financiera de la propuesta.

En efecto, la renta básica no podría implantarse de modo aislado sino que debería acompañarse de una reforma fiscal y previsiblemente de medidas de recorte de la jornada laboral. Lo primero es necesario para que el gasto que comporta el pago de dichos ingresos pueda sufragarse por vía fiscal. Según un trabajo realizado por el equipo del investigador español Daniel Raventós, con una muestra de 210.000 declaraciones de IRPF en Catalunya, los datos muestran que si se pagara un ingreso anual de unos 6.000€ por habitante, que sustituiría a cualquier otro subsidio social, como seguro de desempleo, pensión, etc., y se combinara con una imposición fiscal única de un 55´2 %, la reforma se autofinanciaría y el 70% de la población afectada ganaría, mientras que el 15% más rico perdería y el resto quedaría más o menos igual8.

La segunda condición, el recorte de la jornada de trabajo, sería necesaria para que no se produjera una dualización entre aquellos sectores de la población que vivirían únicamente de la renta y aquellos otros, forzados, tal vez, por su deseo de ganar un poco más, a tener que soportar jornadas extenuantes, lo cual, de darse ampliaría la polarización social. En este sentido la disminución por ley de la jornada laboral y no la proliferación de contratos de diversa duración al arbitrio de los empresarios, debería ser una medida coadyuvante que dificultara efectos perversos de la implantación de la medida.

Por último no podemos dejar de resaltar la cuestión de género. La introducción de la renta básica significaría una mejora sustancial para muchas mujeres que tienen grandes dificultades dado que el trabajo doméstico y las tareas de reproducción y de cuidado no son ni reconocidas ni pagadas como trabajo. Disponer de esos recursos de modo incondicionado significaría para ellas una fuente de ingresos propia, no supeditada a la autoridad familiar ni dependiente de las otras personas con quien se conviva. Significaría una fuente de empoderamiento ya que mejoraría la situación de las mujeres en momentos en los que actualmente se imponen decisiones alternativas excluyentes tales como cuidar de los niños o mantener el empleo, aceptar empleos poco remunerados o depender de otras personas en ausencia de otros ingresos, asalarizar a otras mujeres como forma de atender a las tareas domésticas y familiares o bien hacerse cargo una misma sacrificando la promoción en el trabajo profesional,…

Sin embargo debe reconocerse que esas posiciones no son unánimes. Algunas feministas cuestionan este punto de vista alegando, como ya se hiciera en el famoso debate sobre el trabajo doméstico durante los setenta, que la “renta básica” se convertiría en una trampa para muchas mujeres, atándolas todavía con más fuerza a las tareas en el marco del hogar y la familia. Algunos análisis empíricos, que Ingrid Robeyns reproduce, señalan que muy posiblemente se darían profundas diferencias entre mujeres con puestos de trabajo de alta o baja cualificación, dependiendo en gran medida del propio monto de la renta. Su conclusión es extraordinariamente matizada: “Aunque he expuesto algunos argumentos a favor de esta última opción [la de quienes niegan cualquier ventaja de la renta básica para la posición de las mujeres] ello no me ha llevado a concluir que sea a priori mala para todas las mujeres. He sostenido que resulta beneficiosa para algunas mujeres, perjudicial para otras y ambigua para la mayoría. Más aún, la valoración final sólo podrá realizarse cuando pueda tenerse en cuenta su interacción con otras medidas”9.

La “renta básica” en el marco de la movilización social.

Con todo, lo más interesante del debate en torno a la renta básica es, en mi opinión, la pregunta sobre qué sujetos sociales nuevos contribuye a constituir esa exigencia, pues si por una parte, exhibe rasgos fuertemente contrarios a las posiciones tradicionales del movimiento obrero y su defensa del empleo a toda costa, especialmente perceptibles en algunos autores, entre otros el ya citado Ph. Van Parijs, por otra permite visualizar una estrategia alternativa que puede animar la subjetivación política en sectores extraños a las tradiciones obreristas, como pueden ser los movimientos de los jóvenes, movimientos de mujeres, precarios, migrantes, etc. Para estos sectores que se encuentran entre los más perjudicados por el orden actual, la introducción de una renta básica implicaría mejorar en gran medida sus expectativas de vida, representaría reapropiarse de una parte de la riqueza social producida y poder disponer de recursos para una vida alternativa. En este sentido puede leerse también como una consecuencia, tal vez no prevista pero en cualquier caso real, de aquellos movimientos que en los sesenta empezaron a poner en cuestión el orden inclemente de la vida moderna; si esos movimientos en un primer momento fueron rentabilizados en clave capitalista promoviendo la precarización y la flexibilización del trabajo, ha llegado el momento de que lo sean por las nuevas fuerzas emergentes para poner en el centro de las exigencias políticas el mantenimiento del vivir y el derecho a la supervivencia.





1 Bertomeu, Mª J. y Raventós, D., “El derecho de existencia y la renta básica de ciudadanía: una justificación republicana”, en La renta básica como nuevo derecho ciudadano, Madrid, Trotta, 2006, p. 20. Ph. Van Parijs, su inicial inventor, lo define como “un ingreso pagado por el gobierno a cada miembro pleno de la sociedad, a) incluso si no quiere trabajar, b) sin tener en cuenta si es rico o pobre, c) sin importar con quien vive y d) con independencia de la parte del país en la que viva”, Libertad real para todos, Barcelona, Paidós, 1996, p. 56.
2 Bertomeu, MªJ., y Raventós, D., “Derecho de existencia y renta básica de ciudadanía”, p. 29.
3 “Utilizaré el término libertad real para referirme a una noción de libertad que incorpore los tres componentes- seguridad, propiedad de sí y oportunidad”, Libertad real para todos, op.cit., p. 43.
4 Idem,p. 123. La discusión de las tesis de Rawls en el capítulo 4 del libro incide en la preferencia de este autor por seguir considerando el trabajo como el eje de la recompensa social por lo que, aunque incluya el ocio en la lista de los bienes primarios a garantizar, la cantidad de ocio equitativamente exigible en una sociedad sigue estando en relación estrecha con el trabajo aportado. Por el contrario van Parijs considera el trabajo/empleo como un “activo” escaso a repartir entre todos los postulantes, lo que justifica que aquellos que lo tienen cedan a otros una parte de las rentas que les produce, cuando ya el ingreso básico hubiera eliminado la exigencia de trabajar para sobrevivir.
5 Capital, vol. III, p. 760 y ss.
6 Fumagalli, A., “Doce tesis sobre la renta de ciudadanía”, en Idem, p. 57.
7 Idem, p. 161.
8 Ver para más información en http://www.nodo50.org/redrentabasica/textos.
9 “¿El precio del silencio o una puerta a la emancipación? Un análisis de género de la renta básica”, en La renta básica como nuevo derecho ciudadano, op. cit, p. 100.

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